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Versión del 03.10.2026

Condiciones de liquidación y pago

1. Ámbito de aplicación

1.1. Estas Condiciones establecen el procedimiento de liquidación entre Limited Liability Company "Great Rock" (en adelante, la Sociedad, OZTA) y el Cliente conforme a la oferta individual acordada y a las Condiciones generales de prestación de servicios. Los términos «Solicitud», «Encargo» y «Presupuesto» se utilizan con el significado establecido en las Condiciones generales de prestación de servicios.

1.2. Los importes recibidos por la Sociedad se distinguen según su finalidad: el precio de los servicios propios y la remuneración de la Sociedad; los fondos destinados a liquidaciones acordadas con proveedores y ejecutores; los pagos estatales; la prima de seguro; y los gastos bancarios y otros gastos externos confirmados. La denominación de un pago no modifica su verdadera naturaleza jurídica y fiscal.

1.3. La posibilidad de ejecutar un pedido concreto y la disponibilidad del producto digital elegido se verifican antes de enviar una oferta individual.

2. Aprobación del Presupuesto

2.1. Antes del pago, el Presupuesto debe determinar el objeto y el alcance de los servicios, su coste o método de cálculo, la moneda, los impuestos obligatorios, los gastos incluidos y excluidos, el importe de la etapa actual y las etapas posteriores. Para la remuneración se indican la base o unidad de cálculo acordada, el importe o la fórmula; para un gasto externo, la unidad de cálculo, la cantidad y el precio confirmado del ejecutor.

2.2. Las partidas estimadas y no confirmadas se indican por separado. Si el precio depende del pesaje, la medición, la clasificación o una cotización externa, las partes acuerdan los supuestos iniciales, el límite de gastos y el procedimiento para revisar el precio antes de asumir la obligación correspondiente. Una partida no confirmada no autoriza a la Sociedad a realizar un gasto por un importe arbitrario.

2.3. Los gastos obligatorios incluidos en el alcance acordado no podrán presentarse después de la aceptación como un cargo adicional no divulgado. Los cambios de alcance, el vencimiento de una cotización u otro factor externo previsto en el Encargo se formalizan en una nueva versión acordada antes de que surjan obligaciones adicionales. Un error de la Sociedad en el precio de un servicio propio no justifica un cargo adicional oculto.

2.4. La exclusión de una partida necesaria de la factura no implica una reducción del precio de los demás trabajos si se mantiene el resultado original. A los cambios de alcance se aplican las secciones 6 y 7 de las Condiciones generales de prestación de servicios.

3. Remuneración y gastos externos

3.1. La remuneración de la Sociedad se determina conforme a la tarifa vigente para la composición acordada del servicio o a las condiciones individuales que el Cliente haya aceptado antes del pago. El Presupuesto indica su objeto, la base o unidad de cálculo, el importe o la fórmula, la moneda, los conceptos incluidos y excluidos.

3.2. El precio de compra del bien o servicio del proveedor, la entrega, los gastos bancarios, la prima de seguro, los pagos estatales y otros gastos externos se indican en partidas separadas, salvo que estén incluidos en el paquete acordado. La Sociedad no presenta un coste externo como remuneración propia.

3.3. El pago al proveedor como parte de una compra acordada no genera una segunda comisión por pagar la misma factura. La organización de un mismo trabajo no se cobra dos veces si ya está incluida en otro paquete acordado.

3.4. La contratación de trabajos adicionales, de un nuevo proveedor, de un envío independiente o de un alcance distinto se formaliza en una nueva versión acordada antes de que surjan obligaciones. Las etapas acordadas de un mismo Encargo no generan por sí solas una remuneración repetida por el mismo resultado.

3.5. El importe de la prima de seguro y los pagos estatales se indican por separado, conforme a los documentos de la operación correspondiente. No se puede retener de los fondos del Cliente un cargo no acordado antes del pago como remuneración oculta.

4. Pago de etapas

4.1. Antes del inicio de cada etapa irreversible, el Cliente transfiere fondos que cubran íntegramente el coste acordado de dicha etapa. La Sociedad no está obligada a financiar el Encargo con fondos propios ni con fondos de otros clientes.

4.2. El pago por etapas no implica la obligación de pagar por adelantado la totalidad de una operación con varias etapas. El alcance, el importe y la condición para pasar a la etapa siguiente se indican en el Presupuesto o en el Encargo.

4.3. El método, el destinatario, el concepto y la moneda del pago se indican en las instrucciones de pago acordadas, teniendo en cuenta el canal autorizado y los requisitos aplicables. El pago a otros datos bancarios no se considera un pago válido a la Sociedad, salvo que la ley o un acuerdo confirmado entre las partes dispongan otra cosa.

4.4. La recepción de fondos en la cuenta de la Sociedad confirma que se han recibido para iniciar la etapa pagada. El momento en que el Cliente cumple su obligación monetaria también se determina conforme a las normas legales obligatorias y al método de pago acordado.

5. Liquidación en divisas

5.1. La moneda del Presupuesto y del pago se indica antes del pago. Si este se realiza en otra moneda, antes de efectuarlo se comunican el importe en la moneda de pago, el tipo de cambio aplicado, su fuente, la hora de determinación y el período de validez.

5.2. Las comisiones documentadas del banco o socio se indican en una partida separada. La diferencia cambiaria y los cambios en una cotización externa no se convierten en remuneración no divulgada de la Sociedad.

5.3. El vencimiento del tipo de cambio o de una cotización exige volver a acordar las condiciones antes del pago y de asumir una nueva obligación. Un error de la Sociedad al ejecutar una instrucción acordada no puede trasladarse al Cliente mediante una referencia general al riesgo cambiario.

6. Informe y justificación de gastos

6.1. El fundamento para devengar la remuneración, su distribución entre etapas independientes y el método de pago o retención se indican en el Encargo. La recepción de un anticipo, por sí sola, no significa que los servicios se hayan ejecutado por completo ni que la remuneración no sea reembolsable en ningún caso.

6.2. La retención de la remuneración de los fondos entregados se permite si existe una base acordada o prevista por la ley y se refleja en el cálculo. La Sociedad no utilizará los fondos para otros Encargos sin base legal ni acuerdo del Cliente.

6.3. El informe debe permitir identificar las actuaciones realizadas, el coste de la parte prestada, los gastos externos, los reembolsos de los ejecutores y el saldo de fondos. Los gastos se justifican con documentos de la operación correspondiente. Un mismo importe no puede contabilizarse a la vez como trabajo pagado y volver a cobrarse como gasto externo.

6.4. El plazo y el procedimiento para formular objeciones al informe se acuerdan al aceptar el Encargo y no podrán modificarse mediante notificación unilateral después de su ejecución. La falta de objeciones solo tendrá las consecuencias previstas en el contrato si se cumple el procedimiento acordado y la ley; no extingue los derechos obligatorios del Cliente respecto de defectos ocultos u otros incumplimientos.

6.5. El envío y la recepción del informe se confirman conforme a la sección 9 de las Condiciones generales de prestación de servicios. La Sociedad no podrá considerar recibido un informe exclusivamente por el hecho de haberlo enviado si ello contradice las reglas de entrega de comunicaciones con efectos jurídicos.

7. Cancelación, reembolso y modificación de versión

7.1. En caso de modificación, cancelación o terminación del Encargo, se aplican la Política de cancelación y terminación de Encargos y el procedimiento unificado de cálculo establecido en la Política de reembolso. La remuneración no se convierte en un cargo independiente no reembolsable sin una base acordada.

7.2. El reembolso se ajusta a los documentos de la operación y a la legislación aplicable. Los importes ya transferidos a terceros solo se reembolsan hasta el importe efectivamente recuperado de ellos o cuando exista otra base para el reembolso. El saldo de fondos no utilizado se contabiliza por separado.

7.3. La nueva versión se aplica a los Encargos aceptados después de su publicación en el sitio web. Las condiciones acordadas anteriormente se mantienen, salvo que se modifiquen por acuerdo de las partes o por un requisito legal obligatorio. A estas Condiciones se aplican las disposiciones de las Condiciones generales de prestación de servicios sobre la legislación aplicable, la responsabilidad y la resolución de controversias.

8. Impuestos y pagos obligatorios

8.1. Los impuestos obligatorios, los pagos estatales y otros pagos que dependan de una operación concreta se indican por separado en el Presupuesto o como parte del precio, si esto se ha acordado expresamente antes del pago.

8.2. Después de la aceptación, la Sociedad no añade un gasto interno obligatorio que no se haya divulgado en el alcance acordado. Una liquidación oficial adicional u otro hecho externo que dé lugar a un cambio se acredita con un documento y se examina conforme al Encargo y a la legislación aplicable.

9. Gestión documental y responsabilidad

9.1. La Sociedad prepara Presupuestos, informes y documentos electrónicos relativos al Encargo. Los documentos se envían por el canal oficial indicado para la operación concreta; los efectos jurídicos de su entrega se determinan conforme a la legislación aplicable y al procedimiento acordado.

9.2. La Sociedad no responde por las demoras causadas por las actuaciones de bancos, sistemas de pago, proveedores, ejecutores u otros terceros, salvo que el Encargo o la ley dispongan otra cosa.

9.3. La Sociedad no está obligada a aceptar ni ejecutar un canal de pago, una operación o un producto digital cuya disponibilidad y admisibilidad no se hayan confirmado antes de la oferta individual.

10. Disposiciones finales

10.1. Estas Condiciones forman parte integrante de las Condiciones generales de prestación de servicios y se aplican conjuntamente con ellas, así como con la Política de cancelación y terminación de Encargos, la Política de reembolso y los demás documentos indicados en el Encargo.

10.2. La legislación aplicable y el procedimiento de resolución de controversias se determinan teniendo en cuenta la condición de las partes, la operación concreta y las normas imperativas. Si las normas imperativas establecen otro procedimiento, se aplican en la parte correspondiente.

Datos de la organización

Limited Liability Company "Great Rock"

Contacto para comunicaciones jurídicamente relevantes

info@ozta.com

Teléfono

+852 60 78 45 79

Número de identificación fiscal 01109202410482. Número de registro 308258-3301-ООО. Dirección: República Kirguisa, Biskek, calle Kulatova 7a.